La nueva regulación europea de los riders

riders

A comienzos del pasado mes de diciembre, la Comisión Europea propuso una nueva Directiva para homogeneizar los criterios que determinan si los trabajadores de las plataformas digitales son en realidad empleados. ¿La idea? Estandarizar la manera de detectar a los falsos autónomos.

Uber, Glovo, Deliveroo, Just Eat,  Cabify y otras 500 plataformas digitales de reparto de comida, transporte u otros servicios dan empleo en Europa a unos 28 millones de personas. Sin embargo, muchas de ellas funcionan como falsos autónomos. Y es imprescindible diferenciarlos bien.

Las primeras estimaciones apuntan a que la gran mayoría (más de 22 millones) sí podrían catalogarse como autónomos. Pero, con la nueva normativa, cerca de 4 millones pasarían a considerarse trabajadores por cuenta ajena.

Los objetivos de Bruselas

Como ya hemos adelantado, el principal objetivo de la Comisión Europea es fijar unos criterios objetivos para dilucidar si los riders asociados a las plataformas digitales son autónomos o trabajadores por cuenta ajena. Pero hay algunas metas más:

Homogeneización de criterios

Bruselas trata de resolver las diferencias a nivel europeo, tras emitirse más de 100 sentencias contradictorias por los distintos tribunales. Algo que, no obstante, no va a ser ni fácil ni rápido de aclarar.

La carga de la prueba

Se persigue también que, cuando los repartidores cumplan los criterios propuestos y puedan ser considerados empleados, quien tenga que demostrar lo contrario sean las plataformas.

Ampliación de derechos

También se busca detectar a los falsos autónomos para que, al convertirse en empleados, disfruten de los derechos sociales que ello conlleva. Por ejemplo:

  • Salario mínimo.
  • Convenio colectivo
  • Regulación de jornada y horarios.
  • Jubilación.

Más transparencia

Por último, otra finalidad clave de esta propuesta es aumentar la transparencia por parte de las plataformas. Todos los trabajadores asociados tendrán derecho a estar informados sobre los detalles de los sistemas de monitorización y sobre las decisiones que afecten a sus condiciones de trabajo.

¿Qué criterios determinan la condición laboral de los riders?

La Comisión propone que, si los riders cumplen al menos dos condiciones de las que incluyen en su lista, se consideren empleados y no autónomos. Entre estas condiciones se encuentran las siguientes:

  • Es la app la que determina el nivel de remuneración o fija topes máximos.
  • La plataforma controla el desempeño a través de medios electrónicos.
  • Se restringe mediante algoritmos la libertad de elegir horario de trabajo o períodos de ausencia y rechazar o aceptar encargos.
  • Existe la obligación de llevar uniforme.
  • Se prohíbe realizar trabajos para terceros o elaborar una base de clientes propia.

En resumen, si un repartidor se encuentra en al menos dos de estas situaciones, debería  considerarse por defecto empleado por cuenta ajena. Y tendría que ser la empresa la que pruebe, si lo considera oportuno, que no existe relación laboral.

Actualmente, algunos países como España ya establecen por ley cierto nivel de protección para estos trabajadores. Lo que busca la Comisión Europea con esta propuesta, que aún tiene que ser aprobada por el Parlamento Europeo, es evitar la excesiva fragmentación normativa dentro de su territorio.

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